Reflexión de Mons. Stegmeier: La Constitución Política I

Reflexión de Mons. Stegmeier: La Constitución Política I

 
Martes 14 de Enero de 2020
Hermanos en Jesucristo:

Motivado por las consultas de fieles de la Diócesis, trataré el tema de la Constitución en columnas sucesivas.

En el debate acerca de una posible nueva Constitución, es necesario tener en cuenta, por una parte, “la legítima autonomía de las realidades terrenas” en cuanto que “las cosas creadas y las sociedades gozan de leyes y valores propios que el hombre ha de descubrir, aplicar y ordenar paulatinamente”. Es tarea de personas verdaderamente competentes en materia constitucional debatir con profesionalismo, honestidad, seriedad y profundidad en este tema que tanto afecta a las personas y a la vida social. En efecto, “la investigación metódica en todos los campos del saber, si está realizada de una forma auténticamente científica y conforme a las normas morales, nunca será en realidad contraria a la fe, porque las realidades profanas y las de la fe tienen su origen en un mismo Dios”.

Por otra parte, hay que tener también en cuenta que, “si autonomía de lo temporal quiere decir que la realidad creada es independiente de Dios y que los hombres pueden usarla sin referencia al Creador, no hay creyente alguno a quien se le oculte la falsedad envuelta en tales palabras” (Gaudium et spes 36).

Todo instrumento jurídico, más aún una Constitución que está destinada a regir todos los ámbitos de una Nación, para que sea conforme con la dignidad de la persona, a la que debe servir, debe reconocer, expresar, promover y defender la verdad moral objetiva, fundada en último término en Dios Creador de todo. Antes y por sobre el Estado está primero Dios y luego la persona. Una sana Constitución debe partir de esta premisa.

En caso contrario, estaremos ante una Constitución estatista que pone a la persona al servicio del Estado. El Estado se atribuye ser la fuente originaria de todos los derechos y deberes, los que puede conceder o eliminar según su arbitrio. Un antecedente es la legalización del aborto. El Estado, a través de sus órganos ejecutivo y legislativo, se arroga el poder de conceder el derecho a vivir a algunas personas y se lo quita a otras. Según esto, el derecho a la vida no es inherente a la persona humana, anterior y superior al Estado.

Una Constitución estatista es germen de una democracia totalitaria. Al respecto decía San Juan Pablo II: “La raíz del totalitarismo moderno hay que verla, por tanto, en la negación de la dignidad trascendente de la persona humana, imagen visible de Dios invisible y, precisamente por esto, sujeto natural de derechos que nadie puede violar: ni el individuo, el grupo, la clase social, ni la Nación o el Estado”. Una Constitución basada en estos presupuestos es inadmisible.

+ Francisco Javier Stegmeier
Obispo de Villarrica

Fuente: Comunicaciones Villarrica
Villarrica, 14-01-2020